jueves, 8 de agosto de 2013

ENSAYO

GRAN INTERROGANTE SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA.
 
Hoy en día todos hablamos de los derechos humanos, pero un día se me acerco un niño como de 7 años y nos preguntó muchachos que son los derechos humanos? Durante algunos minutos pensamos la respuesta que le daríamos al pequeño y que fuera clara para su comprensión. Nos dimos  cuenta de que ni nosotros sabíamos explicar esa pregunta, nos toco entonces consultarle a varias personas sobre el tema y de una manera confusa las mismas nos contestaban y en vez de clarificarnos el concepto terminaban hablando de sus violaciones y del poco respeto que se tienen frente a los mismos.
Es por esto que hoy nos dimos a la tarea de poder dar respuesta  a la pregunta de Santiago y por fin decirle que son los derechos humanos.

Y lo primero que se nos ocurrió fue buscar la definición de derecho y entre otras encontramos “La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.

Pero leíamos y leíamos y seguíamos sin definir lo que es el derecho, encontrando que son los atributos,  los bienes inmateriales de una persona, mismos que están regulados por la norma y la orientación de ella es la carta o escrito en el cual están contemplados.
Son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

Universales e inalienables
El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.
 
 

 
Todos los Estados han ratificado al menos uno, y el 80 por ciento de ellos cuatro o más, de los principales tratados de derechos humanos, reflejando así el consentimiento de los Estados para establecer obligaciones jurídicas que se comprometen a cumplir, y confiriéndole al concepto de la universalidad una expresión concreta. Algunas normas fundamentales de derechos humanos gozan de protección universal en virtud del derecho internacional consuetudinario a través de todas las fronteras y civilizaciones.

Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.
Interdependientes e indivisibles
Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás. 

Iguales y no discriminatorios
La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.
 
 

El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

Derechos y obligaciones
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.

sábado, 27 de julio de 2013






La sociedad política y jurídicamente organizada, con autoridad suficiente, para imponer un orden jurídico dentro de su territorio, para hacer respetar su personalidad, ante el concierto internacional. En otras palabras el Estado es el conjunto de personas que se organizan con líderes a los que delegan poder, los cuales realizan una norma superior que los guía, reunidos así personas, normas y líderes se establecen en un territorio, el cual se hace respetar de otros grupos de personas.


de cómo está consagrado el Estado Colombiano en su Constitución y su articulo 1, el cual a grandes rasgos dice: “Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria descentralizada, con autonomía de sus entidades, democrática, participativa y pluralista, que se fundamenta en el respeto a la dignidad humana, el trabajo, y la solidaridad que integran el mismo y al bienestar del interés general”. (Constitución Política de Colombia 1991)

QUE ES EL ESTADO SOCIAL DE DERECHO:

Es la sociedad jurídica y políticamente organizada en la cual se dota al Estado de los instrumentos y fines para lograr el bienestar y la justicia social, a través de una orientación legal, es decir es el gobierno de la norma en beneficio de la sociedad. Es decir es la sociedad jurídica y políticamente organizada en la que se toman las decisiones basados en la norma buscando los intereses generales.





El nacimiento de un Estado, se debe a la población, porque primero existen el hombre y los grupos comunitarios y sociales que este compone y después la persona jurídica llamada Estado. Así, la población le da forma y estructura jurídica y natural

ELEMENTOS DEL ESTADO


POBLACIÓN: Son los individuos de un Estado cuya conducta es regulada por la Constitución Nacional.

En el derecho moderno la población se acepta con el concepto de nación, al entender la NACIÓN: como la sociedad con una unidad de territorio, costumbres, lengua, con una vida y conciencia común.

La idea de formar parte de una nación no es algo que se pueda imponer, es el resultado de la toma de conciencia sobre las cosas comunes, vivido bajo un mismo sueño y con una historia.

Elementos de la población generalmente son: La raza, la lengua, las tradiciones, historia, religión, costumbres, sentimiento de solidaridad. En Colombia estos elementos son distintivos de la población Colombiana ya que por la Pluralidad Constitucional, no toda la población de Colombia es igual.




TERRITORIO: Es el elemento material del Estado, sin territorio no es posible que exista el Estado, sirve de limite a la aplicación de la ley. Es aquella porción de tierra o aquel ámbito especial sobre el cual se puede ejercer de manera legitima y valida el poder político por parte del Estado, el régimen jurídico y el ejercicio de los fines y el poder, es donde se presenta por lo tanto la relación de poder entre gobernantes y gobernados. Los elementos del territorio pertenecen exclusivamente al Estado, excepto el suelo que puede pertenecer al Estado o un particular.

Elementos del territorio:

EL SUELO: Es es la superficie, la primera capa, el espacio del país situado dentro de las fronteras sobre el cual se asienta la población de un Estado y se ejerce la soberanía del mismo. Las fronteras de un estado pueden ser naturales (mar, rió, cordilleras) artificiales (señaladas con líneas imaginarias).

EL SUBSUELO: Es la proyección de los limites del Estado hacía el centro de la tierra, todas las riquezas del subsuelo son del Estado y generalmente este las explota a través de las Concesiones.

ESPACIO AÉREO: Es la misma proyección del Estado de las fronteras hacia el infinito.

MAR TERRITORIAL: Lo el agua marina que llega a la costa y desde allí en una longitud de 12 millas ( Una milla equivale a 1.6609 metros) en las cuales el Estado ejerce su poder.

PLATAFORMA CONTINENTAL: Comprende el suelo y subsuelo marino hasta una distancia y profundidad de 200 millas contadas desde la playa o línea donde llega el mar sobre la superficie del suelo marino. Es hasta donde el Estado tiene capacidad de explotarlo, no es mas que la prolongación del Estado en suelo y subsuelo marino hasta una profundidad de 200 Millas.

ZONA ECONÓMICA EXCLUSIVA: Son 200 millas de extensión a partir de las costas marina y sobre la superficie marina hasta 200 millas, hasta aquí es donde el Estado ejerce su soberanía para la explotación, exploración y conservación de los recursos marítimos.

SEGMENTO DE LA ÓRBITA GEOESTACIONARIA: Es la prolongación de un Estado en el espacio exterior, y proyectando ese territorio de manera circular en la órbita espacial a una distancia de 35.870 kilómetros sobre el plano ecuatorial. En realidad Esto es un contenido de la Constitución pero que resal y materialmente no se puede cumplir ya que el espacio exterior es territorio Universal, a parte que Colombia no tiene la capacidad para explotarlo y hacerlo respetar.

ESPECTRO ELECTROMAGNÉTICO: Es el espacio que utiliza la honda desde el aparato emisor hasta el aparato receptor. Esto solo le pertenece a el Estado y nadie lo puede utilizar sin antes cancelar al Estado la utilización del mismo.

ZONA CONTIGUA: Es la prolongación del Estado en desde la costa y en la superficie de las aguas marinas en una extensión de 24 millas. Hasta aquí el Estado puede ejercer su poder.

Nota: Hay Estados que pueden tener zona contigua, zona económica exclusiva o mar territorial, todo depende de su capacidad, tecnología, limites y cercanía con otros países, en el Caso de Colombia esta cuenta en sus dos mares con 200 millas marinas de profundidad sirve la superficie marina desde sus costas en ambos océanos.

OTROS: También hacen parte de territorio de Colombia no importando el lugar donde se encuentre las Naves de guerra, aeroplanos militares, sedes diplomáticas son parte del territorio ya que es prolongación del mismo así se encuentre dentro del territorio de otros Estados, dentro de estos se aplica soberanía Colombiana.







PODER PUBLICO o SOBERANÍA Es el tercer elemento; es uno de los mas importantes ya que se define como la forma manifestación de la voluntad del Estado, es la facultad de hacerse cumplir, (normas, procedimientos, organización, administración). Este poder publico lo tienen el Estado sus organismos, entidades, trabajadores y ramas del Estado. En Colombia el poder publico surge o emana del por el pueblo a través de la soberanía popular, y una vez el pueblo se lo otorga al Estado el mismo se convierte en publico y aunque es superior, nunca podrá estar por encima de la voluntad colectiva.


Características del Poder Publico:


El Poder publico se caracteriza por se de Dominación es decir superior, es originario es decir no depende de ningún otro poder para mantenerse, es Absoluto; ya que no admite relaciones de comparación con otras formas de poder. Es Superior; porque por encima es este solo esta el poder soberano del pueblo de manera colectiva, es Irrefragable; porque no se puede cuestionar. Es Exclusivo; ya que solo lo tienen el Estado, es Autárquico; pues se manifiesta por si mismo sin ninguna influencia exterior o de otro Estado, es Coercible; ya que se hace cumplir por si mismo, y da lugar a la aplicación de la fuerza para lograr su cumplimiento, es Soberano, ya que no requiere de que se ejerzan acciones de tercero para su realización, funcionamiento o control, es Irresistible; Nadie se puede sustraerse a su cumplimiento.


SOBERANÍA: Es poder ilimitado, e incondicional que se posee. La soberanía según quien la ejerza o se origine puede clasificarse en:

Internacional: Ejercida por estamentos internacionales tales como la ONU.

Particular de cada Estado: Aquí encontramos que el Estado tienen un poder frente a otros Estados y esa facultad se las otorga:

SOBERANÍA POPULAR: En esta el poder surge o emana del pueblo, cada habitante del Estado tiene poder, este poder lo ejerce de manera directa cuando tienen medios de participación o indirectamente cuando elige representantes y mandatarios (lideres).

SOBERANÍA NACIONAL: Es cuando el poder surge o emana de la nación entendiéndose como nación; la sociedad con una unidad de territorio, costumbres, lengua, con una vida y conciencia común.







FINES DEL ESTADO. Los fines del Estado, son como las metas, objetivos, o los parámetros a seguir. Es como por qué y el para qué del Estado. En Colombia los fines del estado están consagrados en el artículo 2 de la Constitución Política, los mismos los podemos resumir como: Regular la vida social de una determinada comunidad (monopolizar la vida social), buscar el bien común de sus asociados, servir a la comunidad, promover la prosperidad general, garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes establecidos en la constitución, facilitar la participación en todos los aspectos de la vida nacional, defender la independencia nacional y la integridad territorial, asegurar la convivencia de un orden justo, la protección de la vida, honra, bienes, libertad de conciencia y demás derechos y libertades.

Regímenes políticos, reconociendo la importancia del Estado Social de Derecho


Regímenes políticos
Estado social de derecho
Importancia comparativa
aristocrático:
La aristocracia es un concepto social cuya acepción más inmediata se refiere a aquellas personas que en un estado o nación ocupan y ejercen el poder político y económico por derecho hereditario. A la clase de los aristócratas se les llama también «los nobles» o «la nobleza».

El concepto de Estado Social de Derecho nació en Europa en la segunda mitad del siglo XX, como una forma de organización estatal encaminada a “realizar la justicia social y la dignidad humana mediante la sujeción de las autoridades públicas a los principios, derechos y deberes sociales de orden constitucional” En esa medida, el presupuesto central sobre el cual se construye este tipo de organización política es el de una íntima e inescindible interrelación entre las esferas del “Estado” y la “sociedad”, la cual se visualiza ya no como un ente compuesto de sujetos libres e iguales en abstracto –según ocurría bajo la fórmula clásica del Estado liberal decimonónico-, sino como un conglomerado de personas y grupos en condiciones de desigualdad real. El papel del Estado Social de Derecho consiste, así, en “crear los supuestos sociales de la misma libertad para todos, esto es, de suprimir la desigualdad social”; según lo ha señalado esta Corporación, “con el término ‘social’ se señala que la acción del Estado debe dirigirse a garantizarle a los asociados condiciones de vida dignas. Es decir, con este concepto se resalta que la voluntad del Constituyente en torno al Estado no se reduce a exigir de éste que no interfiera o recorte las libertades de las personas, sino que también exige que el mismo se ponga en movimiento para contrarrestar las desigualdades sociales existentes y para ofrecerle a todos las oportunidades necesarias para desarrollar sus aptitudes y para superar los apremios materiales.
El estado social de derecho promueve la libertad y la justicia y el pasar el poder de generación en generación limita esa justicia
Republicano:
régimen basado  en el poder político controlado por la ley
Comparado faltaría es la voluntad y mejoría de la sociedad con el reglamente de la ley porque la ley no puede generar violación a la sociedad.
Burocrático:
La burocracia es la organización o estructura organizativa caracterizada por procedimientos explícitos y regularizados, división de responsabilidades y especialización del trabajo, jerarquía y relaciones impersonales.
El estado social podría funcionar con el concepto de burocrático se la autonomía de la responsabilidad y poder estuviera supeditaba al bienestar general.
Oligárquico:
El poder político es detentado por las elites económicas más ricas en función de sus propios intereses
Es en contra posición al social porque sería discriminatorio.
teocrático:
donde la tutela religiosa sobre el poder político  hace que se considere como un poder otorgado por Dios.
En el estado social abría variedad religioso lo que no dejaría el surgimiento del teocrático.
Totalitario:
Se conoce como totalitarismos a las ideologías, los movimientos y los regímenes políticos donde la libertad está seriamente restringida y el Estado ejerce todo el poder sin divisiones ni restricciones
En el estado social la libertad es beneficio social y esta delimitada por la esfera individual de cada persona



ESTRUCTURA DEL ESTADO 


RAMAS DEL PODER PUBLICO